MARIO NUDELSTEJER EN EXCLUSIVA PARA ENLACE JUDÍO

Si no mal recuerdo, era a finales de noviembre o diciembre de 1990 cuando a los integrantes de la Comunidad Judía en México, nos sorprendieron varios reportajes en televisión que mostraban impactantes escenas de vacunos siendo sacrificados en las instalaciones de algún rastro de la capital mexicana. Había una gran profusión de sangre, pero ningún quejido del animal.

Estos reportajes manifestaban el horror del periodista ante la matanza kosher de vacunos, el sistema de sacrificio de animales de acuerdo a la tradición judía, la kashrut.

La narración oral que hacía el reportero era sobre falta de humanismo, rayana en el ensañamiento, hacia una criatura indefensa.

Después de transmitirse insistentemente durante dos días ese “reportaje”, se empezaron a proyectar sendas entrevistas con algunos miembros de asociaciones protectoras de animales, quienes reiteraban su rechazo a la “práctica de los judíos en el sacrificio de reses” y afirmaban tener ya listo el proyecto para la aprobación de la Ley de Protección a los Animales, misma que también incluía normas humanitarias para la defensa de mascotas de todo género en el hogar y las hasta hoy aplicadas para la conservación de la fauna silvestre y las especies en peligro de extinción.

Estas normas eran muy loables, pero los reporteros insistían en la “inhumana” cuestión judía del sacrificio para alimentarse.

Esto ha brotado en mi memoria con motivo del debate, en Holanda (y probablemente en los Países Bajos), acerca de la aplicación o revisión de las leyes respectivas en esas naciones y la pretendida prohibición (que más bien pareciera ser antimusulmana y antijudía) para el sacrificio con carácter ritual de animales según las normas halal en que fundamenta el Islam y kosher de acuerdo a la norma hebrea, respectivamente.

Por ello ya intervienen, e increíblemente por otras circunstancias también, organizaciones judías, hombro con hombro al lado de las musulmanas, dado que las prácticas en este sentido son muy similares en ambas religiones. Aquí se da ya una colaboración inusitada, pero que probablemente será efectiva si buscan establecer los parámetros adecuados.

En aquellos días del inicio de la década de los 90’s, y ocupando la dirección ejecutiva del Comité Central, me dí a la tarea de buscar información que ilustrara y demostrara por qué la práctica judía de la shejitá era una forma humanitaria de matar a un animal, para su uso en la alimentación. Y realmente me sorprendí, porque existen (sobre todo en Estados Unidos) obras dedicadas al tema que incluso muestran con estudios comparativos de electro encefalogramas y cardiogramas la benevolencia del sistema hebreo (cuyos antecedentes podemos rastrear hasta las normas bíblicas) para que el animal no sufra con este método.

Y, ¿en qué consiste la shejitá? El shojet (matarife, que tiene que ser una persona piadosa y religiosamente preparada, avalada por la comunidad), además de orar devotamente porque por su mano sacrificará a una creación de Hashem (el Altísimo), utiliza un largo cuchillo que no debe tener mella alguna, con el que en un solo tajo cercenará el cuello de la bestia, cortando así las venas carótidas que llevan sangre al cerebro, y los nervios vagos, además de la traquea, de manera que en fracciones de segundo el animal pierde la conciencia sin sentir dolor. Luego, y como la esencia de la vida es la sangre, y la tradición hebrea prohíbe ingerirla, el cuerpo es izado por las patas traseras para que se desangre y quede limpio de ella antes de destazársele.

Sin embargo, en esta ocasión, la Ley de Protección a los Animales exigía que previamente se desensibilizara al animal por medio de lo que se conoce como Pistola de Émbolo Cautivo, lo cual está prohibido en la tradición tanto kasher como también halal. De ahí la oposición de ambas religiones a dicha forma de insensibilizar a la res.

Pues bien, con toda esa información resumida se requería del aval y reconocimiento de los médicos zootecnistas nacionales o locales, y acudí a un conocido veterinario y amigo, el Dr. Rafael Maya, quien aceptó fungir como testigo de calidad con un reporte que respaldara lo que se presentaría a la Comisión que analizaba dicha Ley en la Cámara de Diputados (LI – 51ª.- Legislatura, que entonces estaba instalada en el recinto que hoy es la Asamblea de Representantes del D. F).

En enero de 1991 se iniciaron las auscultaciones y consultas, y mientras tanto, la publicidad en los medios era cada vez más profusa y adversa a la práctica de la shejitá; por tanto, la preocupación en los círculos productores de carne de la comunidad, a la vez que en el área religiosa, crecía gradualemente por las negativas perspectivas. Sin embargo, no podíamos cejar en dar a conocer el entendimiento cabal de lo que representa el humanitarismo con el que siempre se procesa a los animales según la tradición bíblica judía.

Ese año transcurrió con las premisas ya descritas y las reuniones con la Comisión pertinente de Diputados, llevando informes y pruebas para el sustento de nuestros argumentos, hasta que el 12 de diciembre de 1991 se llevó a cabo la sesión aprobatoria de la Ley de Protección a los Animales, con una específica salvedad respecto a la shejitá, que señalaba su aprobación con la exigencia que se renovara dicho permiso con la regularidad que marcara la norma y reglamento respectivos. Pero, eso sí, se eximía de dicha Ley a las corridas de toros, que a todas luces son más inhumanas pero representan un espectáculo redituable y dentro del folclor nacional (como en España, donde también hay polémica al respecto), al igual que las peleas de gallos; mas las peleas de perros se consignaban como violatorias, lógicamente, y por tanto totalmente proscritas.

En lo que nos interesa por cuanto a la Ley dada a conocer por medio del Diario Oficial el 26 de diciembre de 1991, ésta define lo siguiente:
LEY DE PROTECCION A LOS ANIMALES PARA EL DISTRITO FEDERAL
CAPITULO IV DEL SACRIFICIO DE LOS ANIMALES
ARTICULO 26
ANTES DE PROCEDER AL SACRIFICO, LOS ANIMALES CUADRÚPEDOS DEBERÁN SER INSENSIBILIZADOS UTILIZANDO PARA ELLO LOS SIGUIENTES MÉTODOS U OTROS SIMILARES:
A) ANESTESIA CON BIÓXIDO DE CARBONO O ALGÚN OTRO GAS SIMILAR;
B) CON RIFLES O PISTOLAS DE ÉMBOLO OCULTO O CAUTIVO O CUALQUIER OTRO APARATO DE FUNCIONAMIENTO ANÁLOGO, CONCEBIDO ESPECIALMENTE PARA EL SACRIFICIO DE ANIMALES;
C) POR ELECTRO-ANESTESIA;
D) CON CUALQUIER INNOVACIÓN MEJORADA QUE INSENSIBILICE AL ANIMAL PARA SU SACRIFICIO Y QUE NO PERJUDIQUE EL PRODUCTO; Y
E) EL SACRIFICIO DE AVES SE REALIZARA POR MÉTODOS RÁPIDOS, DE PREFERENCIA EL ELÉCTRICO O EL DE DES-CEREBRAMIENTO, SALVO ALGUNA INNOVACIÓN MEJORADA QUE LOS INSENSIBILICE.
Luego viene la salvedad ya descrita en párrafos anteriores:
EN SU CASO Y CONSIDERANDO LA ÍNDOLE DE LA PETICIÓN QUE SE FORMULE, LAS AUTORIDADES PODRÁN AUTORIZAR EL DEGÜELLO CON SANGRÍA COMO MEDIO PARA MATAR ANIMALES DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO, SIEMPRE Y CUANDO, ESTE PROCEDIMIENTO NO LE PROLONGUE LA AGONÍA EN FORMA CRUEL.
TRANSITORIOS

ARTICULO Segundo
SE DEROGAN LAS DISPOSICIONES DEL DISTRITO FEDERAL QUE SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN ESTA LEY O SE CONTRAPONGA A ELLA.
MEXICO, D.F., 26 DE DICIEMBRE DE 1980. – JOSE MURAT, D.P.-GRACILIANO ALPUCHE PINZON. S.P.-DAVID JIMENEZ GONZALEZ, D.S.-REYES RODOLFO FLORES ZARAGOZA, S.S.-RUBRICAS.
EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION I DEL ARTICULO 89 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y PARA SU DEBIDA PUBLICACION Y OBSERVANCIA, EXPIDO EL PRESENTE DECRETO EN LA RESIDENCIA DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL, EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA.-JOSE LOPEZ PORTILLO. – RUBRICA.-EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, CARLOS HANK GONZALEZ.-RUBRICA.-EL SECRETARIO DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRAULICOS, FRANCISCO MERINO RABAGO. – RUBRICA.-EL SECRETARIO DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA, MARIO CALLES LOPEZ NEGRETE.-RUBRICA.-EL SECRETARIO DE GOBERNACION, ENRIQUE OLIVARES SANTANA.-RUBRICA.
Lo más interesante y que surge más tarde, es que ante la imposición del uso de la Pistola de Émbolo Cautivo,se descubrió que quienes importaban dicho aparato estaban a cargo de quienes promovieron con tanta difusión lo “inhumano” de la shejitá (práctica del sacrificio según la tradición judía).

Por ello, y en razón a intereses económicos, no es extraño que se creen plataformas intolerantes que amenazan en ocasiones la sana convivencia en un país democrático, y no sería descabellado pensar que en Holanda existan posiciones similares a lo ya experimentado en México. Tómese en cuenta que en Inglaterra existe una ley similar que proscribe también la shejitá y el sistema halal por supuestas cuestiones humanitarias, que no son otra cosa que intolerancia plena e injustificada, aprobada por mayorías a las que se pliega a la minoría.
Lo ventajoso en este caso, es que se demuestra que, pese a posiciones políticas antagónicas, las minorías pueden unir esfuerzos con objeto de preservar sus tradiciones, siempre y cuando ellas no atenten contra el humanitarismo hacia las especies que han poblado el pequeño mundo que compartimos, y en consonancia con los derechos que a todos nos asisten.

Como dato curioso, en el caso de México, uno de los agumentos que pesaron en la balanza fue cuando se explicó que, de no existir condiciones para la preparación de alimentos dentro de la norma kasher, muchos turistas ya no acudirían a nuestro país como destino.

Si entre quienes acuden a EnlaceJudío hay quien se interesa en este tema, podría recomendar estas páginas web: https:/www.webislam.com/?idt=18398