Ayer 16 de octubre, en el diario Reforma y El Norte, apareció un artículo que sugiere que Roemer votó “sin consultar con la subsecretaría para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos y sin advertir que países como Francia, España y Argentina, cambiarían su posición tradicional y se abstendrían”.

A la redacción de Enlace Judío llegó este mail que comprueba que el voto de la UNESCO,  que niega la conexión judía con el Monte del Templo y el Muro de los Lamentos, fue llevado a cabo bajo instrucciones precisas de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y no cómo se menciona en un artículo del diario Reforma de ayer.

Esto es lo que destacamos del mail:

Sentido de la votación. Teniendo en cuenta que las modificaciones en el proyecto de decisión presentado por el Grupo Árabe no ameritarían un cambio de posición de México y a la luz de los comentarios de la DGAMO, por instrucción superior , la Delegación de México votará a favor del proyecto de decisión mencionado.


Este es el mail que prueba que Roemer actuó bajo órdenes de la SRE:

From: Delegamex UNESCO [mailto:[email protected]]

CC: Sub. Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos; Sub. de Relaciones Exteriores; DG Africa y Medio Oriente; Delegamex ONU; Embamex Israel; Oficina de México ante Autoridad Nacional Palestina; [email protected]

Sent: mercredi 12 octobre 2016 08:05
To: [email protected]

Subject: RV: DNU06241 UNESCO – 200ª sesión del Consejo Ejecutivo de la UNESCO. Apoyo a los proyectos de decisión sobre temas de Medio Oriente.
Importance: High

________________________________________
De: DG para la Organización de las Naciones Unidas
Enviado: miércoles, 12 de octubre de 2016 03:13 a. m.
Para: Delegamex UNESCO
Asunto: DNU06241 UNESCO – 200ª sesión del Consejo Ejecutivo de la UNESCO. Apoyo a los proyectos de decisión sobre temas de Medio Oriente.
Ciudad de México, a 11 de octubre de 2016 PRIORITARIO

Ref.: UNE01741 (11.10.16); AMO01430 (5.10.16); AMO01452 (11.10.16)

ASUNTO: UNESCO – 200ª sesión del Consejo Ejecutivo de la UNESCO. Apoyo a los proyectos de decisión sobre temas de Medio Oriente, incluyendo Palestina.

Se hace referencia a la 200ª sesión del Consejo Ejecutivo de la UNESCO y, en particular, a los puntos de la agenda 25 “Palestina Ocupada” y 26 “Aplicación de la resolución 38 C/72 y la decisión 199 EX/20 relativas a las instituciones educativas y culturales en los territorios árabes ocupados”, que serán discutidos el próximo jueves 13 de octubre de 2016 en la Comisión del Programa y Relaciones Exteriores (PX).

En lo referente al proyecto de decisión sobre “Palestina Ocupada”, a continuación se exponen los elementos proporcionados por la Dirección General para África y Medio Oriente (DGAMO), de esta Cancillería, mismos que están enfocados en el más reciente proyecto de decisión presentado por el Grupo Árabe:

  • · El proyecto de decisión más recientemente presentado sobre el tema, “tiene como base la decisión adoptada en la 199ª sesión del Consejo Ejecutivo de la UNESCO en abril de 2016”.
  • · En el nuevo texto se incluyen las siguientes referencias (ausentes en el texto de la decisión adoptada en el mes de abril del año en curso) que otorgan un sentido histórico a la conexión de las tres religiones monoteístas tanto con la Ciudad Antigua de Jerusalén como con los sitios denominados “Al-Haram Al-Ibrahimi/Tumba de los Patriarcas” en Hebrón y la “Mezquita Bilal ibn Rabah/Tumba de Raquel” en Belén:

3. Affirming the importance of the Old City of Jerusalem and its Walls for the three monotheistic religions,…

37. Shares the conviction affirmed by the international community that the two sites are of religious significance for Judaism, Christianity and Islam;

La inclusión de esas referencias son aceptables, ya que enfatizarían de modo adecuado los lazos de las tres religiones monoteístas (incluyendo la judía) con los sitios señalados.

  • · Se toma nota de la eliminación del anterior párrafo 14, en el que se llamaba a Israel a detener las violaciones en contra de las propiedades del Waqf, “como las recientes confiscaciones de partes del cementerio Youssefeyah y el área del Al-Sawanah al prohibir a los musulmanes enterrar a sus muertos en ciertos espacios, y al plantar tumbas israelíes falsas en otros espacios de los cementerios musulmanes”. Este punto fue precisamente uno de los elementos de mayor inconformidad para la parte israelí.
  • · El contenido del párrafo 39 trascendería el ámbito de competencia de la UNESCO, tal y como se concibe en el Artículo 1, Propósitos y Funciones, de la Constitución de la UNESCO de 1945, ya que el párrafo 39 reza:

39. Deeply deplores the new cycle of violence, going on since October 2015, in the context of the constant aggressions by the Israeli settlers and other extremist groups against Palestinian residents including schoolchildren, also asks the Israeli authorities to prevent such aggressions;”

Al respecto, la visión incluida en el párrafo 39 no contempla que las agresiones registradas en los territorios palestinos ocupados desde el mes de octubre de 2015 han sido llevadas a cabo tanto por habitantes de los asentamientos judíos ilegales como por residentes palestinos, con lo que el contenido del párrafo señalado no sería equilibrado. Sin embargo, este punto no se considera suficiente para cambiar el sentido del voto que históricamente ha manifestado nuestro país a favor de las acciones de la UNESCO para la protección del patrimonio cultural en la ciudad de Jerusalem, el llamado a Israel a cumplir con las obligaciones derivadas de las Convenciones sobre patrimonio del organismo y el respaldo a las acciones de la UNESCO en este sentido en el estricto ámbito de su competencia.

Sentido de la votación. Teniendo en cuenta que las modificaciones en el proyecto de decisión presentado por el Grupo Árabe no ameritarían un cambio de posición de México y a la luz de los comentarios de la DGAMO, por instrucción superior , la Delegación de México votará a favor del proyecto de decisión mencionado. Se agradecerá  a esa representación notificar a esta unidad administrativa cualquier modificación que se presente sobre el proyecto de decisión, a fin de verificar que los elementos principales  sobre los cuales México basa su sentido de votación sigan presentes en un eventual nuevo proyecto de decisión.

En lo referente al proyecto de decisión sobre la “Aplicación de la resolución 38 C/72 y la decisión 199 EX/20 relativas a las instituciones educativas y culturales en los territorios árabes ocupados”, se destacan los siguientes elementos señalados por la DGAMO:

  • Se advierte que el proyecto presentado es una actualización de la decisión adoptada (con el voto favorable de México) en la pasada sesión del Consejo Ejecutivo 199 EX/Decisión 20, de abril pasado.
  • Se toma debida nota de la modificación en el párrafo 1, sobre la referencia a los artículos 4 y 94 relativos al Cuarto Convenio de Ginebra en relación con la denegación del derecho de los niños a la educación, a diferencia del proyecto de decisión 199 EX/33 de abril pasado, en el que se hizo referencia a los artículos 24, 50 y 94 del citado instrumento.
  • Se observa la inclusión, en el párrafo 2, de una referencia al documento 200 EX/25 sobre “Palestina Ocupada.
  • Se toma nota de la adición de los párrafos 11 y 12, relativos al agradecimiento de las contribuciones de Bélgica, Francia e Italia destinadas al desarrollo de infraestructura de escuelas en las poblaciones de Tana, Khan al-Ahmar y Abu Nuwar (párrafo 11) y a la destrucción de las edificaciones citadas por las autoridades israelíes (párrafo 12).

Sentido de la votación. En este sentido, y dado que el contenido y las modificaciones presentadas en el proyecto de decisión 200 EX/PX/DR.26 transmitido mediante la comunicación UNE01741 (11.10.16) resultan aceptables, por instrucción superior, la Delegación de México se podrá sumar al consenso sobre el tema tomando en consideración lo señalado en dicha comunicación en el sentido de que parecería haber una acuerdo entre la Unión Europea para no presentar el proyecto mencionado a votación o, en caso contrario, votar a favor del proyecto de decisión correspondiente.

Mucho se agradecerá mantener debidamente informada a esta Unidad Administrativa sobre la evolución de ambos temas, y en su momento, del resultado del debate y votación, incluyendo el sentido de voto de los miembros del Consejo Ejecutivo.

Relaciones

MDT/KLC/DFE

UNE01741 (11.10.16)
AMO01452 (11.10.16)
DNU06159 (07.10.16)
AMO01430 (05.10.16)
DNU06015 (04.10.16)