Enlace Judío México e Israel – Fue escandaloso escuchar la noticia esta semana de que Fatou Bensouda, la fiscal en jefe saliente de la Corte Penal Internacional (CPI), ha procedido a abrir una investigación oficial por crímenes de guerra contra Israel – una medida que es inmoral, injustificada y más allá de la autoridad de la corte. Su decisión es en sí misma un crimen contra el pueblo Judío y carga a la Corte con el estigma de haber iniciado un libelo de sangre moderno contra Israel.

Dr. Mojmir Kallus, Vicepresidente de Asuntos Internacionales de ICEJ
Traducción por Javier Martínez Rueda, Director de la ICEJ México

La Corte Penal Internacional en La Haya fue establecida por la comunidad internacional a través del “Estatuto de Roma” hace dos décadas para investigar y enjuiciar los crímenes más atroces bajo el derecho internacional, incluidos el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.

Fue concebida como un “tribunal de última instancia” con jurisdicción limitada, que juzga solo las atrocidades que le remiten los estados miembros de la CPI o cuando esas naciones no quieren o no pueden juzgar a los perpetradores bajo sus propios sistemas judiciales.

La CPI se fundó después de que el mundo fuera testigo de horrendos actos de genocidio en Ruanda y la ex Yugoslavia en la década de 1990. Se crearon tribunales especiales ad hoc para tratar las atrocidades cometidas en esos conflictos, que ocurrieron a pesar de innumerables declaraciones de “Nunca más” pronunciadas a raíz del Holocausto – la campaña metódica para aniquilar a los Judíos de Europa durante la Segunda Guerra Mundial.

Después de esa guerra, un grupo de altos oficiales Alemanes fue juzgado en el tribunal de Nuremberg, la primera instancia de una investigación y juicio penal internacional por lo que ellos denominaron el nuevo crimen de “genocidio.”

En este contexto, es completamente absurdo que la CPI haya decidido investigar únicamente al estado Judío por posibles crímenes de guerra cometidos “en el territorio de Palestina.”

Los crímenes de guerra Alemanes contra los Judíos conmocionaron la conciencia del mundo, sin embargo, ahora las leyes y foros establecidos para lidiar con actos tan reprobables se están convirtiendo injustamente en un arma contra el estado Judío.

Los supuestos “crímenes” de Israel en realidad consisten en actuar en defensa propia contra ataques deliberados de terroristas Palestinos contra civiles Israelíes o en la construcción de hogares y escuelas Judíos en territorios en disputa política sobre los que el pueblo Judío tiene sus propios reclamos legales e históricos válidos.

El camino para que la fiscal en jefe de la CPI abriera su investigación fue despejado a principios de febrero por una sala de instrucción de la Corte, que dictaminó que la Corte tiene la jurisdicción necesaria para actuar en este asunto.

Esa decisión limitada (dos jueces contra uno) es vergonzosa, equivocada y destructiva, tanto legal, moral como prácticamente.

Como señaló el juez disidente, se requirieron de considerables acrobacias legales para llegar a esta decisión sesgada. Se pretende que tan solo por su asociación con la Corte, la entidad de “Palestina” sea un estado – aunque no satisface los criterios legales aceptados para la condición de estado según el derecho internacional.

También pretende que Palestina tenga jurisdicción sobre el pueblo de Israel, a pesar de que los Acuerdos de Oslo firmados por ambas partes eximen expresamente a los ciudadanos de Israel de su alcance. No es de extrañar que el juez Húngaro Peter Kovács, miembro disidente de la sala de instrucción, señaló que “ni el enfoque de la mayoría ni su razonamiento son apropiados para responder a la pregunta ante esta sala” y “no tiene base legal en el Estatuto de Roma, y menos aún, en el derecho internacional público.”

¿Cuáles son entonces los principales defectos de la decisión?

Primero, hace borrosa la línea divisoria entre política y derecho. La CPI se ha basado en las proclamaciones políticas de la Asamblea General de la ONU, ignorando el hecho de que estas resoluciones no vinculantes son de naturaleza política, no legal. Está claro que la Corte está dañando su reputación al permitir tal politización. Lo que es aún peor, ignora los principios establecidos del derecho internacional cuando la Corte decidió que “Palestina” puede ser considerada un estado.

Palestina no cumple con los criterios de categoría de estado establecidos en la bien aceptada Convención de Montevideo, que exige que un estado posea una población permanente, un territorio definido, un gobierno y la capacidad de conducir relaciones internacionales. Debería ser del interés de todos los gobiernos signatarios del Estatuto de Roma mantener la integridad y reputación de la Corte.

Segundo, la Corte, al tratar de responder la pregunta sobre qué territorio se extiende su jurisdicción, de hecho ya ha definido las fronteras de Palestina, la que ciertamente no es su función. Además, al hacerlo, ha aceptado las reclamaciones territoriales Palestinas maximalistas, que incluyen toda Gaza, Cisjordania y Jerusalén oriental, sin siquiera considerar la posición de Israel y sus bien fundados reclamos sobre estos territorios en disputa.

Al hacer esto, la Corte prejuzgó el resultado de las negociaciones Israelí-Palestinas, que es el único mecanismo que puede resolver la disputa y definir las fronteras. Este enfoque de la Corte recompensa la intransigencia Palestina y socava las perspectivas de paz.

La mayoría de los gobiernos apoyan públicamente un arreglo negociado de la disputa Israelí-Palestina, por lo que debería ser del interés de ellos el señalar que la decisión va en contra de su política mantenida por largo tiempo.

Tercero, la Corte ha hecho caso omiso de los Acuerdos de Oslo, que estipulan que la Autoridad Palestina no tiene jurisdicción sobre los Israelíes en ningún lugar de los territorios en disputa. Por lo tanto, incluso si se considerara como un estado parte de la CPI, la Autoridad Palestina no puede ofrecer jurisdicción sobre ciudadanos Israelíes a la Corte porque no tiene ninguna en sí misma.

Al ignorar estos compromisos válidos de Oslo, la Corte ha puesto en peligro la naturaleza vinculante de los acuerdos internacionales en general. En particular, los testigos de los Acuerdos de Oslo (Estados Unidos, Unión Europea, Noruega y Rusia) debieran expresar su alarma ante tal fallo.

Cuarto, la mayoría en el panel de tres jueces optó por ignorar completamente la opinión de siete Estados Parte (Australia, Austria, Brasil, República Checa, Alemania, Hungría, Uganda), que insistieron en que Palestina no cumple con los criterios para la condición de Estado.

Su participación no tiene precedentes, ya que no hicieron sus presentaciones en su propia defensa, sino que intervinieron en un tema que no los involucra directamente. Se puede argumentar que lo hicieron porque sintieron que era una cuestión de principios.

Hicieron sus presentaciones hace ya un año y después de que se anunció la decisión defectuosa de la sala de instrucción, repitieron públicamente sus objeciones originales. Sin duda, estos países tienen interés en seguir defendiendo su causa en la CPI, lo que pueden hacer si lo exponen ante la Asamblea de Estados Parte que gobierna la CPI.

En la Embajada Cristiana Internacional en Jerusalén, creemos que es nuestro deber levantar la voz en defensa de la verdad y la claridad moral. Aunque nuestro acceso a los jueces de la CPI es mínimo, planeamos acercarnos a los Estados Parte de la CPI (los 123 países que han ratificado el Estatuto de Roma) para dejar claras nuestras objeciones a esta insostenible investigación sobre Israel.

La ICEJ también lanzará una petición global dirigida a la Asamblea de Estados Parte de la CPI, en la que se inste a sus gobiernos a cuestionar la admisibilidad de este caso y la falta de jurisdicción de la Corte. Además, haremos un llamado a los activistas de estos países para que presionen a sus gobiernos en defensa de Israel.

Se espera que los esfuerzos de cabildeo y la petición global atestigüen la preocupación popular generalizada sobre el tema, la cual los gobiernos relevantes deberán tomar en cuenta.

Se cita a George Orwell diciendo: “A veces, el primer deber de los hombres inteligentes es reafirmar lo obvio”. Es hora de no permitir que la obvia extralimitación de la Corte sea borrada por prejuicios políticos contra Israel.


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