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¿PUEDEN USAR TALIT LAS MUJERES?

En el tratado Menajot 43b podemos leer: “Todos están obligados a llevar los tsitsit, sacerdotes, israelitas, prosélitos, MUJERES y esclavos”.

Rashi, en su Sidur Rashi (Par. 267) escribió: El hecho de que el Talmud diga que las MUJERES están exentas de los preceptos positivos que tienen un tiempo fijado significa simplemente que no tienen la obligación de obedecer pero, si desean asumir la obligación de estas mitsvot, tienen todo el derecho de hacerlo y no se les debe prohibir.

Maimónides, en su Mishná Torá, escribió también (Tsitsit 3:9): “De la misma manera que las MUJERES están exentas en el cumplimiento de los preceptos positivos, también los pueden cumplir”.

¿PUEDE SER RABINA UNA MUJER?

Se podría decir que nada en la Halajá prohíbe la ordenación de las mujeres, pero sería ser deshonesto, ya que la cuestión nunca se planteó en estos términos.

De forma general, el acceso de la mujer a los papeles públicos parece incompatible con la imagen de la mujer judía tradicional. Citemos el Talmud (Yomá 66b): “el lugar de la mujer está en la cocina”.

Pero este papel secundario, descrito por la tradición ¿es prescriptivo o descriptivo? Con frecuencia, la halajá ha sido una justificación en los textos de una situación que ya existía.

Hoy en día las mujeres participan en la vida pública. ¿Por qué estas funciones públicas estarían limitadas al mundo laico? Se han interpuesto muchas objeciones en cuanto al papel público de la mujer en el judaísmo.

Moisés Maimónides (Jiljut Shoftim 5, 1:5) dice que sólo los hombres pueden ser reyes. A esto se le podría responder que ha habido reinas en la historia judía. Salomé Alejandría (Shlomo Tsion hamalká) fue reina durante el periodo del segundo Templo (76–67 AEC) y, en el siglo primero, la reina Helena era admirada por su piedad y filantropía. También se ha citado la Mishná de Rosh haShaná (3:8, TB Rosh haShaná 29a): “Todo el que no está sujeto a una obligación no puede librar a la comunidad de su obligación”.

Esta frase implicaría que las mujeres no pueden ser shlijat tsibur (enviado de la comunidad) para dirigir la oración ya que no tienen la obligación de rezar a una hora fija. Este argumento ya no tiene fuerza, ya que hoy en día cada uno puede leer las oraciones en el sidur, el sheliaj tsibur no hace nada más que dirigir los oficios sin observar una mitsvá por ningún otro.

Por otra parte, si las mujeres se han impuesto la obligación de orar, pueden servir de sustituto para alguien que no sepa cumplir esta mitsvá. El nombramiento de rabinas testimonia la completa igualdad de los hombres y las mujeres en las funciones públicas religiosas.

¿Dios es sexista? Al estudiar la evolución de las leyes que conciernen a las mujeres, está claro que cada civilización en la que ha evolucionado el pueblo judío ha ejercido una influencia en su identidad y en sus principios éticos. Durante siglos, el judaísmo ha reproducido el sistema de las sociedades patriarcales que lo circundaban. Hoy en día, la sociedad moderna actual ha intentado modificar este sistema. Esta evolución no parece estar en contradicción con los principios éticos del judaísmo que sobrepasan las fluctuaciones del tiempo, sino que, al contrario los perpetúa, refuerza y consolida. Si en cada siglo las autoridades se han contra-dicho sobre una cuestión tan importante como el estatuto de la mujer, si se han tomado decisiones opuestas, esto nos muestra que el proceso halájico es cambiante, humano y falible. Se pueden cometer errores, y nosotros debemos intentar repararlos. Nosotros, también, en nuestros tiempos, podemos cometer errores, pero más vale correr el riesgo que continuar aplicando una ley o profesar una tradición que en algunos puntos traicione nuestra consciencia.

Muchas mujeres han abandonado el judaísmo porque son subestimadas cuando cruzan el dintel de la sinagoga, al recordarles que no son más que mujeres. Una casa religiosa digna de este nombre debería apoyar los principios de igualdad, de justicia y de respeto a todo ser humano, sea cual sea su color o sexo. Frente a estos principios éticos, todo sistema legal, por muy respetable que sea en tanto que tradición, debe ser modificado.

El principio de evolución forma parte integral de la halajá. No olvidemos que en el pasado los rabinos han hecho avanzar la halajá en el campo del matrimonio con la creación de la ketubá, el acta de matrimonio, y la prohibición de la poligamia; en el campo del divorcio, han cambiado la legislación del tratado Yevamot (112b) según la cual “Uno se puede divorciar de su mujer con o sin su consentimiento”. Han sabido mantener el carácter dinámico de la halajá adaptándola a cada siglo. Para permitir el acceso de la mujer a la escena pública tomemos el ejemplo de Moisés de Isserles, el Ramah, comentarista del Shul-ján Aruj, para devolver a la halajá esta vitalidad que la caracteriza.

En el tratado Pesajim se plantea la siguiente cuestión: ¿Las mujeres están obligadas a recostarse durante la ceremonia del Séder? La respuesta que se da en el Talmud es que las nashim ha-shuvot, las mujeres respetadas, pueden hacerlo. Moisés de Isserles comenta en estos términos: “¡En nuestros tiempos, todas las mujeres son dignas de ser respetadas! (Orej Jayim 472, 4, citando a Mordejai y Rabénu Yeroham).

Citemos al final el Midrash Tanjuma, que no ha oído hablar de los movimientos feministas para pronunciar la igualdad entre hombres y mujeres: Aunque he escogido a los jefes, los jueces y los ancianos para que os gobiernen, todos ellos son iguales ante mí, como está dicho “toda persona en Israel” (Deut 29:9) y no sólo los grandes entre vosotros, sino vuestros hijos, vuestras mujeres; ya que los seres humanos son más reconocidos hacia los hombres que hacia las mujeres, pero el Santo —bendito sea— no es así. (Tanjuma, Netsavim 2.) ¡Dios, pues, no es sexista!