Buenos Aires, Abril 11 de 2024- La Cámara Federal de Casación Penal, máximo tribunal Argentino en cuanto a temas criminales, dictó dos fallos de gran importancia y una resolución fundamental.

En primer término, resolvió definitivamente la causa por el Atentado a la Mutual Judía AMIA, en julio de 1994, que dejó 85 muertos y más de 300 heridos, calificándola como un crimen de lesa humanidad, responsabilizando a Irán como autor intelectual y a Hezbolá como su brazo ejecutor.

Extiende también la misma respuesta judicial al atentado anterior, de marzo de 1992 a la Embajada de Israel en Argentina.

A su vez, hizo saber que el sistema judicial necesita reformas, como la adopción del instituto de juicio en ausencia para poder continuar con una investigación con la que Irán dejó claro que no colaborará ni entregará a los involucrados.

También dejó abierta la vía para que se recurra a otras instancias supranacionales, opción que habrá que analizar.

Simultáneamente, en la causa que se seguía por encubrimiento, modificó algunas condenas, entre ellas, la del primer juez que tuvo a su cargo la causa.

 

Casacion IHRA

Casacion 2 IHRA

El mismo día, el plenario de dicho tribunal también resolvió adoptar la Definición de Antisemitismo de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA por sus siglas en inglés), a raíz de una presentación del Centro Simon Wiesenthal.

El Director de dicha ONG para América Latina, Dr. Ariel Gelblung, sostuvo al respecto que “la adopción por parte de la Cámara de Casación establece que aplicará el criterio de ese estándar objetivo que lega ese instrumento internacional para entender cuando se está frente a un acto antisemita y cuando no. En caso afirmativo, su aplicación como complemento de la Ley Antidiscriminatoria deja claro que para la justicia argentina el antisemitismo es un delito y como tal, pasible de condena criminal.”

 


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