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jueves 04 de junio de 2026

Rabino Yerahmiel Barylka / Parashat Pinjás: Acerca del Indulto

.A. habló a Moshé, diciendo:“Pinjás, hijo de Eleazar, hijo del cohen Aarón, ha aplacado mi furor contra los israelitas, porque él ha sido, de entre vosotros, el que ha sentido celo por mí; por eso no he acabado con los israelitas a impulso de mis celos. Por eso digo: Le concedo a él mi alianza de paz.” Bemidbar-Números 25:10-12

Al final de la parashá de la semana pasada, leemos sobre el episodio en que Pinjás ejecuta a Zimri, uno de los líderes de la tribu de Shimón, y a Cozbi, una mujer madianita, sorprendidos en flagrante transgresión. Un israelita presentó públicamente a la midianita ante sus hermanos, a la vista de Moshé y de toda la comunidad de los hijos de Israel, quienes lloraban a la entrada de la Tienda del Encuentro.

“Al verlo Pinjás, hijo de Eleazar, hijo del sacerdote Aarón, se levantó de en medio de la comunidad, con una lanza en la mano, entró tras el hombre a la alcoba y los atravesó a ambos, -al israelita y a la mujer-, por el bajo vientre. Y se detuvo la plaga que azotaba a los israelitas”. Ibidem 7-8

ANALIZANDO A PINJÁS. ¿BENEFACTOR O MALHECHOR?

¿La reacción de Pinjás era permitida? Sea cual fuera la respuesta, el indulto divino, nos hace pensar y analizar.
Según la opinión de maestros talmúdicos Pinjás trasgredió la ley que debió proteger.

“Rav Jisda dice: Con respecto a quien consulta al tribunal tras presenciar a un judío teniendo relaciones sexuales con una mujer gentil, el tribunal no le instruye que está permitido matar al transgresor… Además, si Zimri, hijo de Salú (véase Bemidbar-Números 25:1-9), se hubiera apartado de la mujer antes de que Pinjás lo matara, Pinjás habría sido condenado por homicidio. Esto se debe a que la ley permite que los celosos actúen únicamente en el momento en que el transgresor está cometiendo el acto sexual. Además, si Zimri se hubiera defendido y hubiera matado a Pinjás, no habría sido condenado a muerte, ya que Pinjás era considerado un rodef (perseguidor), y está permitido matar a un perseguidor en defensa propia, siempre que la persona acosada no sea merecedora de la pena capital según el tribunal“. (Talmud de Babilonia, Sanedrín 82)

Una condena aún más fuerte a la acción de Pinjás se encuentra en el Talmud Yerushalmi, en Sanedrín 9:4:

Se declaró: [Las acciones de Pinjás no fueron] con el acuerdo de los Sabios. ¿Actuaría Pinjás contra los Sabios? El rabino Yehudá bar Pazi dijo que lo querían estigmatizar… si el Espíritu Santo no se hubiera posado sobre él y declarado que “un pacto eterno del sacerdocio será para él y sus descendientes después de él” (Bemidbar-Números 25:15).

Pinjás solo se libró del castigo debido a la intervención divina

La misma tradición se encuentra en el Libro de los Salmos (Tehilim 106:28-30): “Se unieron a Baal Peor y comieron sacrificios ofrecidos a los muertos. Provocaron así la ira por sus obras, y una plaga se desencadenó sobre ellos. Entonces se levantó Pinjás e intervino, y la plaga cesó”.

En este texto, no se menciona a ninguna mujer madianita ni se detalla la intervención de Pinjás. Ante la necesidad de justificar esta ejecución extrajudicial, algunos comentarios sugieren que Pinjás pudo haber llevado a cabo algún tipo de procedimiento legal; sin embargo, las pruebas ofrecidas resultan poco convincentes.

LOS DISTINTOS ROSTROS DE PINJÁS

La personalidad de Pinjás ha quedado muy grabada en nuestra memoria, pero no todos piensan sobre él de la misma manera.

Hay quienes lo exaltan al nivel de considerar que es Eliahu y que tuvo que vivir durante un período muy prolongado (Yalkut Shimoni I, 771). Otros ven la conexión entre ambas personas como simbólica, destacando las características y roles compartidos por ambos en la historia. Algunos textos cabalísticos sugieren que Pinjás y Eliahu son diferentes aspectos de la misma entidad espiritual, representando desiguales etapas de desarrollo espiritual. Por ello, no nos debe sorprender la necesidad de justificar la falta de castigo a Pinjás, que fue indultado por el Creador, el único que debería usar esa o cualquier prebenda hacia sus creaturas.

El Targum Yonatán traduce y comenta Números 25:12 que cuando .A. dio a Pinjás su brit shalom, dijo: “Lo convertiré en un ángel para que viva para siempre y proclame la Redención Final en el Fin de los Días”. ¿Cuál es la conexión? ¿Por qué tiene que ser Pinjás quien anuncie la Redención? El Midrash (ibid.) explica que así como Pinjás hizo la paz entre .A. e Israel en esta instancia con los midianitas, así también él será el que haga la paz entre .A. e Israel en el Final de los Días, como está escrito: “He aquí que Yo os envío a Elías el Profeta antes del Día Grande y Asombroso del Señor, y él devolverá el corazón de los padres a sus hijos y el de los hijos a sus padres, para que, cuando Yo venga, no hiera a toda la tierra con destrucción total…” (Malají-Malaquías 3:23-24). Así como Pinjás fue el que sofocó la ira de .A. y puso fin a la plaga destructiva en el Desierto, así también volverá, como Eliyahu, para sofocar de nuevo la ira de .A. en el Fin de los Días.

Pero, hay quienes acusan a Pinjás de haber perdido su visión a la vejez, que le obligó a adelantar el fin de su sacerdocio. Ello sucedió cuando el juez Yiftaj (véase Shaar Haguilgulim, cap. 32) hizo el voto de sacrificar al primero que viera a su regreso de la victoria. Cuando retornó, vio primero a su hija. Pinjás, no fue a ver al desdichado padre ni usó su autoridad para impedir la muerte de la joven, lo que provocó su degradación del sacerdocio (Bereshit Rabá 60:3).

EL INDULTO

La figura del indulto aparece en las Escrituras en diversos casos: a. El Rey David perdona a su hijo Avshalom por su rebelión que incluyó violencia y traición. (ver 2 Samuel capítulos 18-19). b. El Rey Ajab perdona a Nabot, propietario de viñas, en un complot manipulado por la reina Izevel-Jezabel y aunque Ajab e Izevel actuaron con malicia, en otros episodios, Ajab mostró remordimiento y .A. mostró clemencia. En 1 Reyes 21, (Ver también 22:37-38) Dios envía el arrepentimiento de Ajab y la profecía de su castigo, pero también concede un acto de perdón divino. c. el Rey Ezequías perdona a los israelitas por sus apostasías y desobediencias, como la idolatría y promovió reformas religiosas y perdonó a los israelitas que se arrepentían. (Ver 2 Reyes 18-19, 2 Crónicas 29-31).

Por último, encontramos el perdón de .A. que frecuentemente absuelve crímenes y transgresiones si hay arrepentimiento genuino, y los reyes, al actuar bajo su autoridad, podían ejercer esa misericordia. (Ver Salmo 103:8-10 “Misericordioso y clemente es .A.; Lento para la ira, y grande en misericordia. No contenderá para siempre, Ni para siempre guardará el enojo. No ha hecho con nosotros conforme a nuestras iniquidades, Ni nos ha pagado conforme a nuestros pecados“, Salmo 86:5 “Porque tú, Señor, eres bueno y perdonador, y grande en misericordia para con todos los que te invocan“). Y nosotros, sólo a Él imploramos clemencia e indulgencia.

HALAJÁ VEEIN MORIN QUEN, esa es la halajá, pero no se emite una resolución pública en ese sentido.

Tenemos otra explicación jurídica: Es posible llegar a un acuerdo discreto de perdón—un indulto prudente—cuando el infractor demuestra auténtico arrepentimiento, repara el daño causado y devuelve lo sustraído, todo antes de que el hecho se haga público. Esto permite una solución extrajudicial, ofreciéndole una verdadera oportunidad de redención.

En hebreo, este principio se conoce como halajá ve-ein morin ken: ‘esta es la ley, pero no se enseña abiertamente’. Se trata de normas debidamente aprobadas pero que no se deben divulgar. Están reservadas “solo entre los que saben”. Aunque esta frase específica – הלכה ואין מורין כן – no se utiliza para describir las acciones de Pinjás, el enfoque del Talmud sobre la legalidad de sus ejecuciones extrajudiciales es idéntico. Siguiendo a Rambam en Mishné Torá, Halajot Isurey Bia 12:5, podríamos afirmar un sutil distinción entre las faltas que se realizan en privado y aquellas que son conocidas públicamente. Tomando todo ello con los límites más estrictos.

Cuando el delincuente muestra un arrepentimiento genuino, repara el daño cometido y devuelve lo robado o repara lo dañado, antes de que el crimen sea conocido públicamente, se puede llegar a un acuerdo discreto de perdón. Este tipo de indulto, reservado y prudente, permite una solución fuera del sistema judicial formal y le da al infractor una verdadera oportunidad de redimirse.

Los que defienden ese principio, temen permitir excepciones a personas vulgares, que no conocen la sutileza oculta y el ingenio del principio jurídico. Son aquellos convencidos que la actitud de Pinjás produjo un beneficio a la comunidad, por lo que debe juzgarse con benevolencia si bien en sí es prohibida. El asesinato de Zimri y Cozbi era justificable, aunque se encuentre en una especie de zona gris legal. Una persona del promedio no hubiera realizado la misma acción.

Sin embargo, el establecimiento de una moralidad esotérica (que tuvo sus defensores en tiempos modernos, pero que no forma parte de la tradición judía) no parece ser una buena idea. La ética y la norma deben ser transparentes e igualitarias.

Y por más que busquemos justificar a Pinjás nos resulta difícil lograrlo. Pero, no tenemos la capacidad para comprender los motivos de la excepcional intervención divina.

Para que una sociedad funcione bien, necesita tener un código moral compartido que sus miembros puedan internalizar, seguir y esperar que otros sigan. Ese código se aprende desde la más tierna infancia.

El indulto ha sido, durante décadas, una herramienta reconocida por muchas legislaciones. Pero hoy, frente a las amenazas que acechan la justicia y la institucionalidad, debemos evitar que esta prerrogativa sea usada como instrumento político o como vía de escape para quienes han traicionado la confianza del pueblo.

El indulto no debe ser una salida fácil. Debe desaparecer, o si aún existe, debe aplicarse con extrema excepcionalidad y bajo una estricta vigilancia ética. ¡No se debe perdonar la corrupción! Menos todavía si el condenado no muestra ni el más mínimo remordimiento, ni si pretende esconderse tras un acto de clemencia sin demostrar arrepentimiento.

La justicia debe ser incorruptible. La democracia, implacable con quienes la socavan. Y el pueblo, firme en su rechazo a toda forma de impunidad.

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