AGENCIA DE NOTICIAS ENLACE JUDÍO MÉXICO

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El texto elimina la tasa de 75 euros y fija un test de integración

El nuevo proyecto que facilita la obtención de la nacionalidad a los sefardíes superó ayer el último trámite en el Congreso, en una nueva versión, que trata de simplificar la adquisición del pasaporte español. La ley concede la nacionalidad española a los descendientes de los judíos expulsados en 1492 siempre que tengan una “especial vinculación con España”. Debe aún pasar por el Senado y podría quedar lista para su publicación en un mes. El texto elimina además la tasa de 75 euros para todos los solicitantes de la nacionalidad por residencia, no solo los sefardíes, y les obliga a pasar un test de integración diseñado por el Instituto Cervantes.

Esta ley ha despertado enorme expectación en países con fuerte presencia sefardí como Israel, Turquía o Venezuela. Las estimaciones iniciales del Ministerio de Justicia cifraban en unos 90.000 los potenciales beneficiarios, pero es muy difícil delimitar el impacto debido a la ausencia de un censo de sefardíes en el mundo. “Ha habido mejoras técnicas con idea de facilitar el trámite para los que soliciten la nacionalidad”, explica Javier Gómez Gálligo, director general de Registros del Notariado del Ministerio de Justicia. “Se elimina la tasa, pero se sustituye por los costes arancelarios de notarios, registradores y el Instituto Cervantes”, informa.

La prueba

Acreditarán la condición de sefardí:
La federación de comunidades judías de España o la comunidad judía del interesado o la autoridad rabínica del país de residencia.
Uso del ladino u otros indicios de tradición de pertenencia a la comunidad.
Partida de nacimiento o certificado matrimonial según las tradiciones de Castilla.
Apellidos de linaje sefardí de origen español.

Acreditarán la vinculación con España:

Estudios de historia y cultura españolas, conocer el ladino, figurar en las listas de familias sefardíes protegidas por España, realizar actividades benéficas en España.
Serán obligatorias una prueba de idiomas —salvo para los países de habla hispana— y un test de integración.
Para obtener la nacionalidad española es necesario acreditar la condición de sefardí mediante certificados de las comunidades judías, el conocimiento del ladino, tener apellidos sefardíes o partida de nacimiento o contrato matrimonial según las tradiciones de Castilla. El requisito es doble, porque debe además probarse una especial vinculación con España mediante antecedentes familiares, conocimientos del idioma o donaciones —aunque sean puntuales— a entidades benéficas españolas. La vinculación es precisamente el capítulo en el que más se ha ampliado el abanico para facilitar su cumplimiento. “Antes [en los textos anteriores] era dificilísimo probarlo”, interpretan fuentes de las Comunidades Judías de España. Este organismo refuerza su papel en el nuevo texto.

La ley además detalla que el conocimiento de la lengua española exigido será a partir de ahora “básico” (A2) del Instituto Cervantes.“Los que sepan ladino lo superarán sin problema”, estima Gabriel Elorriaga, ponente de la ley del grupo popular. “Ha habido mucho debate sobre la concreción de quién es y quién no descendiente de los judíos expulsados. Ahora el texto se adecúa más a las expectactivas generadas”, añade.

Desde la oposición, critican un texto que aseguran votarán en contra. “Es muy grave que introduzcan el test de integración por la puerta de atrás, a última hora”, afirma Carmela Silva, ponente socialista, cuyo partido pidió sin éxito que se incluyera en la ley a los hijos de mujeres exiliadas en la Guerra Civil que perdieron su nacionalidad al casarse. Desde Izquierda Unida, Gaspar Llamazares critica el mayor peso que cobran los notarios y registradores en el nuevo texto, que a su juicio encarecerá el proceso y lo privatizará. “No puede ser que sea una concesión de nacionalidad solo para los privilegiados”.

Fuente: El País