PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Enviado por: Argelia, Egipto, Líbano, Marruecos, Omán, Qatar y Sudán

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 201 EX / 30,

2. Recordando las disposiciones de los cuatro Convenios de Ginebra (1949) y sus Protocolos adicionales (1977), el Reglamento de La Haya de 1907 sobre la guerra terrestre, la Convención de La Haya para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado (1954) y sus protocolos; La Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales (1970) y la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural (1972), la inscripción de la Ciudad Vieja de Jerusalén y sus murallas a petición de Jordania en la Lista del Patrimonio Mundial (1981) y en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro (1982), y las recomendaciones, resoluciones y decisiones de la UNESCO sobre la protección del patrimonio cultural, así como las resoluciones y las decisiones de la UNESCO relativas a Jerusalem, recordando asimismo las decisiones anteriores de la UNESCO relativas a la reconstrucción y el desarrollo de Gaza, así como las decisiones de la UNESCO sobre los dos sitios palestinos En Al-Jalil / Hebrón y en Belén,

3. Afirmando que nada en la presente resolución, que tenga por objeto, entre otras cosas, la salvaguardia del patrimonio cultural de Palestina y el carácter distintivo de Jerusalén oriental, afectará en modo alguno a las resoluciones y decisiones pertinentes del Consejo de Seguridad y de las Naciones Unidas sobre la Situación jurídica de Palestina y Jerusalén, incluida la resolución 2334 (2016) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,

30.I Jerusalén

4. Reafirmando la importancia de la Ciudad Vieja de Jerusalén y sus Murallas para las tres religiones monoteístas,

5. Recordando que todas las medidas legislativas y administrativas adoptadas por Israel, la Potencia ocupante, que han alterado o pretenden alterar el carácter y el estatuto de la Ciudad Santa de Jerusalén y, en particular, la “ley fundamental” de Jerusalén, son nulas y deben ser inmediatamente rescindidas,

6. Recordando asimismo las 11 decisiones del Consejo Ejecutivo: Decisión 185 EX / 14, Decisión 187 EX / 11, Decisión 189 EX / 8, Decisión 190 EX / 13, Decisión 192 EX / 11, Decisión 194 EX / 5.D, Decisión 195 EX / 26, Decisión 197 EX / 32, Decisión 199 EX / Dec.19.1, Decisión 200 EX / 25 y las siete decisiones del Comité del Patrimonio Mundial: 34 COM / 7A.20, 35 COM / 7A. 22, 36 COM / 7A.23, 37 COM / 7A.26, 38 COM / 7A.4, 39 COM / 7A.27, 40 COM / 7A.13,

7. Lamenta que las autoridades de ocupación israelíes hayan persistido en las excavaciones, túneles, obras y proyectos en Jerusalén oriental, en particular en la ciudad vieja de Jerusalén y sus alrededores, que son ilegales en virtud del derecho internacional y reitera su petición a Israel de prohibir todas las violaciones que no se ajusten a las disposiciones de las convenciones, resoluciones y decisiones pertinentes de la UNESCO;

8. Lamenta asimismo la negativa israelí de aplicar la solicitud de la UNESCO al Director General para que se designe a un representante permanente destinado a Jerusalén Este para que informe periódicamente sobre todos los aspectos relativos a los ámbitos de competencia de la UNESCO en Jerusalén Este y reitera su solicitud al Director General de nombrar lo antes posible al representante mencionado;

9. Subraya una vez más la urgente necesidad de llevar a cabo la misión de seguimiento reactivo de la UNESCO en la Ciudad Vieja de Jerusalén y sus murallas e invita al Director General y al Centro del Patrimonio Mundial a que hagan todo lo posible, de conformidad con sus mandatos y de conformidad con las disposiciones de las convenciones, decisiones y resoluciones pertinentes de la UNESCO, para asegurar la pronta ejecución de la misión y, en caso de no ejecución, proponer posibles medidas eficaces para garantizar su aplicación;

30.II Reconstrucción y desarrollo de Gaza

10. Deplora los enfrentamientos militares en y alrededor de la Franja de Gaza y las víctimas civiles causadas, así como el continuo impacto negativo en los ámbitos de competencia de la UNESCO, los ataques contra las escuelas y otras instalaciones educativas y culturales, incluidas las violaciones a las escuelas del Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (UNRWA)

Deplora asimismo el continuo cierre israelí de la Franja de Gaza, que afecta negativamente al movimiento libre y sostenido de personal, estudiantes y artículos de socorro humanitario y pide a Israel que termine inmediatamente este cierre;

Agradece a la Directora General las iniciativas que ya se han aplicado en Gaza en los ámbitos de la educación, la cultura y la juventud y para la seguridad de los profesionales de los medios de comunicación, le exhorta a seguir participando activamente en la reconstrucción de los componentes educativos y culturales dañados de Gaza

Reitera a este respecto su petición de que mejore la Antena de la UNESCO en Gaza y organice lo antes posible una reunión de información sobre la situación actual en Gaza en los ámbitos de competencia de la UNESCO y sobre los resultados de los proyectos realizados Por la UNESCO;

30.III Los dos sitios palestinos de Al-Haram Al-Ibrahimi / Tumba de los Patriarcas en Al-Khalil / Hebrón y la Mezquita de Bilal Ibn Rabah / Tumba de Raquel en Belén

13. Reafirma que los dos sitios en cuestión en Al-Khalil / Hebrón y Belén forman parte integrante del territorio palestino ocupado y comparte la convicción afirmada por la comunidad internacional de que ambos sitios son de importancia religiosa para el judaísmo, el cristianismo y el islam;

14. Deplora las excavaciones israelíes en curso, las obras, la construcción de caminos privados para colonos y de un muro dentro de la Ciudad Vieja de Al-Khalil / Hebrón que son ilegales en virtud del derecho internacional y afectan perjudicialmente a la autenticidad e integridad del sitio y la posterior denegación de La libertad de circulación y la libertad de acceso a los lugares de culto y pide a Israel, la Potencia ocupante, que ponga fin a todas las violaciones que no se ajusten a las disposiciones de las convenciones, resoluciones y decisiones pertinentes de la UNESCO;

Lamenta el impacto visual del Muro en el sitio de la Mezquita Bilal Ibn Rabah / Tumba de Raquel en Belén, así como la prohibición estricta del acceso de los cristianos cristianos y musulmanes palestinos al sitio y exige que las autoridades israelíes restauren el carácter original del paisaje alrededor del sitio y suspendan la prohibición de acceso al mismo;

Decide incluir estos temas en un tema titulado “Palestina ocupada” en el orden del día de su 202ª reunión e invita al Director General a que le presente un informe de situación al respecto.

Fuente: Times of Israel/ Traducción: May Samra