Enlace Judío México e Israel – El presidente de Argentina, Mauricio Macri, emitió este miércoles el decreto que crea el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), informaron medios argentinos.

Hasta ahora, Argentina no mantenía un registro propio y se guiaba por una lista elaborada por la ONU, la cual no incluye a Hezbolá, el principal sospechoso del ataque detrás del ataque contra la Embajada de Israel en Argentina en 1992 y contra la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) en 1994.

El nacimiento del RePET cambia esta situación y ahora el grupo terrorista es fijado como tal por el gobierno argentino, así como cualquier otro que hayan atacado Argentina y no entren dentro del listado de la ONU.

El registro tendrá su campo de acción dentro del Ministerio de Justicia de Argentina y que tendrá por objetivo “prevenir, combatir y erradicar el terrorismo y su financiamiento”.

El RePET  tendrá como fin brindar acceso e intercambio de información sobre personas humanas, jurídicas y entidades vinculadas a actos de terrorismo o su financiamiento y facilitar la cooperación doméstica e internacional para prevenir, combatir y erradicar el terrorismo y su financiamiento.

Además, el RePET busca que se garantice “la protección de datos a través de las medidas de seguridad pertinentes y determinando la forma de acceso a la información”.

El RePET habilitará la inclusión de organizaciones o personas que colaboren con grupos terroristas reconocidos internacionalmente.

Las áreas competentes enmarcadas por el decreto para la elaboración del registro son la Cancillería, el Ministerio de Seguridad, las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Dirección de Migraciones de Argentina.

En el plano práctico el decreto estableció que la UIF “hará saber los datos contenidos en el Registro a los sujetos obligados identificados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias y a solicitud de sus pares extranjeras”.

Para la elaboración del RePET se contemplará a “toda persona humana, jurídica o entidad sobre la que haya recaído resolución judicial o del Ministerio Público Fiscal que le impute o admita la formalización de una investigación” por alguno de los delitos cometidos con la finalidad específica de un acto terrorista.

A la vez, se incluirá a todas las personas u organizaciones incluidas en las listas elaboradas de conformidad con la Resolución 1267 (1999) del Consejo de Seguridad de la ONU. Y a todas las personas o entidades sobre las cuales la UIF haya ordenado el congelamiento administrativo de activos.

Para evitar eventuales manipulaciones del RePET el decreto estableció que “el Registro deberá contener los datos que permitan identificar fehacientemente a la persona humana, jurídica o entidad, su situación procesal actualizada y la autoridad judicial o administrativa que dispuso la medida de que se trate”.

También habrá un registro de “testimonio de las resoluciones” que en su caso pongan fin a una situación procesal, a los fines de mantener actualizada la información del registro y, en caso de corresponder, proceder a la remoción de la persona humana o jurídica o entidad del Registro, de así disponerlo expresamente la resolución judicial respectiva.

Al mencionar los casos de personas extranjeras que sean incorporadas en el RePET, el decreto estableció que “regirá el impedimento de ingreso al país”.

El nacimiento del RePET, en el marco del 25 aniversario del atentado contra la AMIA, viene de la mano de las peticiones de larga data de la comunidad judía argentina, el gobierno de EE.UU. e Israel para establecer un sistema de este tipo y no pasar por alto a un grupo terrorista como Hezbolá.

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